Decreto Nº 1283-2019
Determina la variación y la actualización de remuneraciones para beneficiarios de de los Regímenes Civil y Docente comprendidos en la N.J.F. N° 1170 y fija el haber minimo de las prestaciones jubilatorias a partir del 1 de febrero de 2019
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en B.O. 3359 del 26-04-19.-
Dictado el 12-04-19.-
Operador del Digesto: M.L.E.-
Artículo 1°.-Determínase que para los beneficiarios de los Regímenes Civil y Docente comprendidos en la Norma Jurídica de Facto N° 1170 (T.O.2000), y en atención a las modificaciones de las escalas salariales dispuestas por Decreto N° 616/19, la variación y la actualización de remuneraciones, se calculará conforme los sueldos promedio y los coeficientes establecidos en el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2°.-Fíjase a partir del 1 de febrero de 2019 el Haber Mínimo de las prestaciones jubilatorias vigentes en los regímenes a cargo del Instituto de Seguridad Social, incluido el Retiro Especial acordado por Ley N° 2341, en $ 19.941,00.
Artículo 3°.-Establécese que a partir del 1 de febrero de 2019 el “Suplemento” otorgado por el artículo 2° del Decreto N° 806/04 continuará vigente en $ 85,00, con las modalidades de liquidación prevista en la citada norma